El despido es algo habitual que puede producirse en las empresas, al igual que la contratación. La finalización de un contrato es una de las causas más frecuente de despido laboral. En España existen diferentes tipos de despidos y, en este post, te contamos cuáles son.     

¿QUÉ ES UN DESPIDO LABORAL?

El despido labora es la acción a través de la cual un empleador da por finalizado unilateralmente un contrato laboral con su empleado. El contrato de trabajo se extinguirá, entre otras muchas razones, por despido del trabajador, según indica el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.

¿QUÉ TIPOS DE DESPIDOS LABORALES EXISTEN EN ESPAÑA?

Una empresa puede realizar tres tipos de despidos laborales, según la causa que se exponga en la carta de despido. Estos son los tres tipos de despido: 

Despido objetivo.

Es aquel que se origina por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifique la empresa. Por tanto, el motivo de este despido no es culpa del trabajador. Las causas del despido objetivo son: 

  • Causas imputables a la empresa, es decir, las que hacen referencia a la situación empresarial por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. 
  • Causas imputables al trabajador, aunque no sea su culpa, es decir, las que se refieren a ineptitud conocida o sobrevenida, falta de adaptación a los cambios técnicos y del trabajador, faltas de asistencia al trabajo aun siendo justificadas. 

Las características del despido objetivo son: 

  • Indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. 
  • Comunicación de la empresa al trabajador por medio de una carta en la que se redacten las razones del despido. Esto se debe hacer con 15 días de antelación, en caso contrario, se le tendrá que pagar el salario que le pertenezca durante esos 15 días. 
  • Pago de la indemnización por parte de la empresa al trabajador mediante cheque, en efectivo o por un ingreso previo. 

Despido disciplinario.

El despido disciplinario es el que se produce como consecuencia del comportamiento grave y culpable del trabajador. Entre las causas que provocan este despido se encuentran: 

  • Faltas de asistencia o de puntualidad repetidas e injustificadas.  
  • Indisciplina o desobediencia del trabajador a las órdenes del empresario. 
  • Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en la realización del trabajo. 
  • Ofensas físicas o verbales al empresario o a los compañeros de trabajo. 
  • Disminución continuada y voluntaria de la productividad y el rendimiento pactados. 
  • Embriaguez o toxicomanía. 
  • Acoso laboral. 

El despido disciplinario se caracteriza por: 

  • No es obligatorio avisar con una antelación de 15 días al trabajador. 
  • No da derecho a ninguna indemnización. 
  • Se tiene derecho a finiquito y desempleo. 

Despido colectivo.

Es aquel en el que se despido a un número considerable de trabajadores en una empresa por causas objetivas. Es decir, se puede hablar de despido colectivo cuando: 

  • En un periodo de tiempo de 90 días, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, la extinción de la relación laboral afecte al menos a 10 trabajadores en empresas de hasta 100 empleados; al 10% de entre 100 y 300 trabajadores; y a 30 de 300 empleados.  
  • El cese de los contratos afecte a toda la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a 5. 

FOL, ASIGNATURA DE FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL

Todos los ciclos de Formación Profesional tienen como asignatura en común FOL. Uno de los bloques de su temario es los contratos laborales. Es decir, los alumnos obtienen todo el conocimiento necesario relacionado con tipos de contratos, medidas para la contratación, derechos y deberes de los trabajadores según el tipo de contrato, cómo modificar o suspender un contrato, convenios colectivos, etc. 

En este bloque también se incluyen los tipos de despidos laborales y los derechos y deberes que tienen las dos partes implicadas: la empresa y los trabajadores.  

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